Marruecos fija el 1 de septiembre para varias obligaciones fiscales
La Dirección General de Impuestos de Marruecos ha fijado el 1 de septiembre de 2026 como fecha límite para varias declaraciones y pagos fiscales relacionados con julio y el segundo trimestre del año. El Morocco tax deadline afecta a empresas, particulares y determinados operadores financieros y aseguradores.
Las obligaciones alcanzan a las personas jurídicas de derecho público y privado, además de las personas físicas cuyos ingresos están sujetos a los regímenes de renta neta real o renta neta simplificada. Estos contribuyentes deben ingresar por vía electrónica el impuesto retenido en origen sobre los ingresos procedentes de alquileres pagados, puestos a disposición o registrados en sus cuentas durante julio de 2026.
La medida se aplica a los ingresos derivados de inmuebles construidos y no construidos, así como a diferentes tipos de edificaciones. La retención corresponde al 5% de los ingresos brutos por alquiler, sin incluir el impuesto sobre el valor añadido. El importe retenido puede descontarse del impuesto sobre la renta adeudado. El excedente puede ser objeto de devolución cuando corresponda.
Las entidades de crédito y organismos similares, las compañías de seguros y reaseguros y las empresas con una facturación anual, sin IVA, igual o superior a 500 millones de dirhams también deben realizar pagos electrónicos por el impuesto de sociedades retenido en origen sobre los alquileres abonados a empresas sujetas al impuesto de sociedades durante julio. La tasa de retención también es del 5%.
La administración fiscal exige realizar estos trámites mediante los servicios profesionales electrónicos SIMPL-IR y SIMPL-IS, según la naturaleza de la obligación.
La fecha límite también se aplica a otros operadores. Los pagadores de pensiones establecidos en Marruecos deben ingresar el impuesto retenido sobre las pensiones y rentas vitalicias abonadas durante julio. Las compañías de seguros que pagan prestaciones en forma de capital o rentas también deben cumplir con el correspondiente pago fiscal.
Los intermediarios financieros autorizados a mantener cuentas de valores deben ingresar el impuesto retenido sobre las ganancias derivadas de operaciones de venta de valores y de otros instrumentos de capital y deuda registrados en esas cuentas.
El Fondo de Depósito y Gestión también debe practicar una retención del 5% sobre determinados pagos realizados a particulares tras sentencias judiciales definitivas, operaciones de expropiación por utilidad pública, actos que impliquen una transferencia ilegal de la posesión o transmisiones de bienes. El importe retenido puede deducirse del impuesto sobre las ganancias inmobiliarias y el excedente puede ser reembolsado.
Los propietarios de determinados vehículos también están incluidos en el calendario. Quienes poseen vehículos de más de 9.000 kilogramos y optaron por pagar en dos cuotas iguales el impuesto especial anual sobre vehículos deben abonar la segunda cuota. El pago puede realizarse mediante cajeros automáticos bancarios, páginas web y aplicaciones móviles. Los certificados de pago pueden descargarse desde vignette.ma.
Las compañías de seguros y reaseguros deben presentar además por vía electrónica su declaración correspondiente al segundo trimestre de 2026 sobre la contribución destinada al fondo para el aumento de las rentas de accidentes laborales.
Las tasas aplicables en 2026 fueron establecidas mediante una orden conjunta publicada en el Boletín Oficial el 16 de febrero de 2026. La Dirección General de Impuestos también ha puesto a disposición de los contribuyentes una guía de pago a través de sus servicios profesionales SIMPL.
