Declaraciones fiscales antes del plazo del 31 de julio en Marruecos
Las declaraciones fiscales del 31 de julio deberán presentarse dentro del plazo fijado por la Dirección General de Impuestos de Marruecos, que recordó a empresas, profesionales, autoemprendedores y contribuyentes del IVA la obligación de cumplir con sus trámites antes de finalizar el mes. La mayoría de las gestiones deberán realizarse por vía electrónica mediante las plataformas SIMPL.
La administración tributaria indicó que el vencimiento afecta a las empresas con una facturación superior a dos millones de dirhams, a las personas jurídicas y a las personas físicas sujetas al régimen de Resultado Neto Real o Resultado Neto Simplificado. También están incluidos los autoemprendedores que presentan declaraciones mensuales o trimestrales y los contribuyentes sujetos al IVA.
Las empresas cuyo ejercicio fiscal haya cerrado antes del 1 de enero de 2026 y cuya facturación anual supere los dos millones de dirhams, sin incluir el IVA, deberán presentar la declaración trimestral sobre plazos de pago correspondiente al segundo trimestre de 2026 mediante el servicio SIMPL dedicado a esta obligación. Si corresponde una sanción económica, el importe deberá abonarse al mismo tiempo.
La Dirección General de Impuestos recordó además que el estado de las facturas pendientes de pago deberá contar con la certificación de un auditor cuando la facturación anual alcance al menos 50 millones de dirhams, sin IVA. Por debajo de ese umbral, la certificación podrá ser realizada por un contador público o un contador autorizado. Incluso cuando no existan facturas impagadas, la declaración sigue siendo obligatoria y debe presentarse conforme a la normativa vigente.
Las personas jurídicas y los contribuyentes sometidos a los regímenes de Resultado Neto Real y Resultado Neto Simplificado que practiquen retenciones en la fuente sobre pagos a terceros deberán ingresar antes del 31 de julio el impuesto retenido correspondiente a las remuneraciones abonadas durante junio de 2026. El trámite deberá realizarse a través de las plataformas SIMPL IS o SIMPL IR.
La autoridad tributaria también recordó las obligaciones relacionadas con la retención del IVA sobre determinados servicios. Si el proveedor dispone de un certificado de regularidad fiscal vigente, la retención será del 75 % del IVA. En ausencia de ese documento, la retención ascenderá al 100 %. El ingreso deberá efectuarse mediante SIMPL IVA. Además, los clientes sujetos al IVA deberán ingresar el impuesto retenido en operaciones con proveedores de bienes de equipo y obras que no cuenten con un certificado fiscal emitido en los seis meses anteriores.
Los autoemprendedores acogidos al sistema trimestral deberán declarar antes del 31 de julio los ingresos cobrados durante el segundo trimestre de 2026 ante Barid Al Maghrib y pagar el impuesto correspondiente. Quienes utilicen el sistema mensual deberán declarar los ingresos percibidos durante junio de 2026.
Los contribuyentes del IVA con declaración trimestral también deberán presentar la declaración correspondiente al segundo trimestre de 2026 y abonar el impuesto al mismo tiempo mediante SIMPL IVA. Los sujetos al régimen mensual deberán declarar la facturación de junio de 2026 y efectuar el pago dentro del mismo plazo. Con este recordatorio, la administración fiscal busca que los contribuyentes anticipen sus trámites y eviten las sanciones previstas por la legislación tributaria.
